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Código de conducta

Código de conducta para los miembros de la IFFO

El éxito continuo por parte de IFFO, y de la industria mundial de la harina y el aceite de pescado que representa, depende del mantenimiento de su reputación de apoyo a la integridad, el comportamiento ético de las empresas, la seguridad de los clientes y las estrictas normas medioambientales.

El objetivo del presente Código de Conducta es centrarse en el comportamiento adecuado de los miembros, el cual es importante para la reputación de IFFO. No pretende ser una vía para que las empresas individuales desafíen a otras por razones comerciales.

1. NEGOCIOS JUSTOS Y HONESTOS

Todas las transacciones comerciales se llevarán a cabo de manera justa y veraz, incluyendo todos los tratos con proveedores y clientes.

Los miembros no realizarán publicidad falsa o engañosa. Ningún miembro hará declaraciones despectivas sobre otro miembro o producto/fuente de la competencia, directa o indirectamente, ya sea de forma escrita, verbal o electrónica.

Los miembros pueden identificarse como miembros de IFFO en los materiales de publicidad y marketing.  Los miembros no pueden dar a entender que IFFO avala ninguno de sus productos o servicios, ni que la afiliación es una certificación de sus productos.

Los miembros deberán adherirse al Código de Prácticas de la IFFO - Cumplimiento de la normativa antimonopolio y de competencia.

Los miembros se comportarán de manera profesional con todos los competidores y organismos reguladores.

2. TRANSPARENCIA

Los miembros adoptarán un enfoque transparente para trabajar con la IFFO, compartiendo toda la información pertinente para que la IFFO pueda evaluar su cumplimiento de los principios del presente Código de Conducta. 

Los miembros deberán apoyar la reputación de la IFFO y de sus miembros siendo siempre transparentes y veraces en sus relaciones con la IFFO o con cualquier organismo con mandato de la IFFO, incluyendo, pero no limitándose a:

 

  • declaraciones en una solicitud de afiliación
  • declaraciones sobre la producción anual (cuando proceda)
  • declaraciones a IFFO y a un tercero sobre el alcance de las certificaciones

 

3. CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y PRÁCTICAS EMPRESARIALES ÉTICAS

Los miembros llevarán a cabo sus negocios de acuerdo con los más altos estándares de comportamiento ético y de acuerdo con todas las leyes y reglamentos aplicables. Los miembros mantendrán libros y registros precisos que demuestren el cumplimiento de dichas leyes y de estas normas.  Los miembros mantendrán la confidencialidad de los activos intelectuales de IFFO, y otra información confidencial. 

 

4. GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL

Los miembros cumplirán con todas las leyes y reglamentos medioambientales aplicables.  Además, si así lo exige la ley, los miembros tomarán las medidas adecuadas para la gestión responsable de los impactos ambientales de sus operaciones, como el uso de recursos, descargas y residuos. 

 

5. SALUD Y SEGURIDAD

Los miembros cumplirán con todas las leyes aplicables relativas a la salud y la seguridad en el lugar de trabajo.  Los miembros proporcionarán condiciones de trabajo seguras, saludables e higiénicas a sus empleados.  

 

6. DERECHOS HUMANOS Y PRÁCTICAS LABORALES

Los miembros respetarán los derechos humanos básicos y las prácticas laborales que se adhieran a estas condiciones:

  • Empleo libremente elegido: no hay trabajo en régimen de servidumbre ni de esclavitud
  • Libertad de asociación y derecho a la negociación colectiva
  • No al trabajo infantil, de acuerdo con las leyes y reglamentos locales y el Convenio de la OIT sobre la edad mínima (1382)
  • No a la discriminación: trato justo e igualitario para todos los empleados
  • No al trato duro o inhumano ni a otras formas de acoso
  • No a las horas de trabajo excesivas
  • Salario justo para todos los empleados, cumpliendo o superando los requisitos de salario mínimo en el país de operación
  • Los trabajadores migrantes reciben el mismo trato que los demás trabajadores
  • Se respetan los derechos de los pueblos indígenas

 

7. PROCEDIMIENTOS DE ARBITRAJE 

En caso de que se produzca un incumplimiento del Código de Conducta por parte de un miembro, se formará un Comité que se encargará de examinar las pruebas y las alegaciones de incumplimiento del Código de Conducta, de decidir si algún miembro ha incumplido el Código de Conducta y de determinar si es necesario dictar alguna orden como consecuencia de ello. Se trata de un comité formado por cuatro miembros de la junta directiva de IFFO, incluidos el Presidente y el Vicepresidente.

Las recomendaciones de sanciones del Comité se presentarán al consejo para una decisión final.  

 

Por orden del Consejo de la IFFO.

Enero de 2022.